La reciente designación transitoria de la Abogada Laura Beatriz Carrasco Yunes para asumir las funciones de Asesora Principal y Responsable de la Agencia Territorial San Rafael ha generado un debate en el ámbito de la administración pública. Con efecto a partir del 1º de julio de 2024 y hasta el 13 de septiembre de 2024, esta medida se implementa en virtud del Decreto N° 958/24, enmarcada en el contexto del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), y regulada por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N° 2098/08.

En este artículo, analizamos de manera crítica y detallada esta designación, explorando sus implicancias operativas, presupuestarias y la manera en que afecta a la gestión de la Dirección General de Gestión Administrativa Territorial de la Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social del Ministerio de Capital Humano. Además, se aborda el impacto de utilizar medidas transitorias y excepcionales en el contexto de la administración pública.
Contexto y Marco Normativo de la Designación Transitoria
La medida, adoptada con carácter excepcional conforme a lo dispuesto en el artículo 14 del Convenio y el artículo 7 de la Ley Nº 27.701, prorrogada por el Decreto Nº 1131/24, tiene como objetivo asegurar la continuidad operativa en la Agencia Territorial San Rafael. La designación de la Abogada Laura Beatriz Carrasco Yunes se realiza en un Nivel A – Grado 0, lo que implica que el cargo se encuentra dentro de una estructura de alta exigencia y responsabilidad.
Esta solución transitoria se impone debido a la necesidad de mantener el funcionamiento efectivo de la Agencia mientras se realizan los procesos de selección definitiva, los cuales deberán cumplir con los requisitos establecidos en los Títulos II, Capítulos III y IV, y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del SINEP. La prórroga de este cargo se extiende durante 180 días hábiles, permitiendo al organismo un margen para llevar a cabo un proceso de contratación que garantice la meritocracia y la transparencia en la selección de personal.
Implicancias Operativas y Presupuestarias
Una de las ideas clave de esta designación es el impacto que tiene en la gestión operativa de la Dirección General de Gestión Administrativa Territorial, dependencia esencial de la Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social. La medida se financia a través de partidas específicas asignadas a la Jurisdicción 88 – Ministerio de Capital Humano, Subjurisdicción 03 – Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
El financiamiento de esta medida incluye la autorización del correspondiente pago del Suplemento por Función Ejecutiva Nivel III. Esto se traduce en un incentivo económico para asegurar la continuidad del cargo en un contexto donde las designaciones transitorias han sido recurrentes para garantizar el funcionamiento de áreas críticas. Sin embargo, esta práctica ha sido objeto de críticas por parte de sectores que consideran que el uso repetido de medidas transitorias podría enmascarar deficiencias estructurales en la planificación y selección de personal en el sector público.
La asignación presupuestaria, que recae en partidas específicas del Ministerio, es un elemento que, si bien permite la operatividad inmediata, también genera interrogantes sobre la sostenibilidad de estas medidas en el mediano y largo plazo. ¿Hasta qué punto la administración podrá continuar financiando soluciones transitorias sin comprometer la calidad y la eficiencia en la gestión de recursos humanos?
El Proceso de Selección y sus Retos
El Artículo 2° de la resolución establece que el cargo deberá ser definitivamente cubierto conforme a los requisitos y sistemas de selección vigentes, con un plazo de 180 días hábiles contados desde la publicación de la medida. Este proceso es fundamental para garantizar que, una vez concluido el período transitorio, se designe a un titular que cumpla cabalmente con los estándares de calidad y transparencia exigidos por el sistema SINEP.
La implementación de un proceso de selección riguroso se presenta como un desafío, ya que la extensión de designaciones interinas puede afectar la percepción de la ciudadanía y la confianza en el sistema de contratación pública. Una selección definitiva basada en la meritocracia es crucial para asegurar que la gestión de la Agencia Territorial San Rafael se lleve a cabo con eficiencia y compromiso, pero la práctica de recurrir a soluciones transitorias pone en evidencia una inercia burocrática que obstaculiza la renovación y la modernización de la administración.
En este sentido, la resolución invita a una reflexión sobre la necesidad de implementar procesos de selección más ágiles y transparentes, que no solo respondan a necesidades operativas inmediatas, sino que también apunten a una verdadera transformación en la gestión del talento en el sector público.
Transparencia y Comunicación Institucional
La comunicación efectiva de esta medida es otro aspecto fundamental que se destaca en el Artículo 5°. La resolución ordena que, en un plazo de cinco días desde su publicación, se informe a la Dirección Nacional de Diseño Organizacional, a la Dirección Nacional de Gestión de Información y Política Salarial y a la Secretaría de Transformación del Estado y Función Pública, todas dependientes del Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado.
Este proceso de notificación y publicación, que culmina con la comunicación a la Dirección Nacional del Registro Oficial según lo dispuesto en el Artículo 6°, garantiza que la medida sea difundida de manera transparente. Sin embargo, la práctica de comunicar designaciones transitorias con frecuencia genera inquietud sobre la estabilidad de la estructura organizacional y sobre si estas medidas son verdaderamente una solución a largo plazo o simplemente un parche que evita enfrentar los problemas de fondo en la contratación de personal.
La transparencia en la comunicación institucional es esencial para que tanto los empleados como la ciudadanía conozcan y evalúen las decisiones adoptadas en el ámbito de la administración pública. No obstante, la recurrencia de estas medidas transitorias puede minar la confianza en un sistema que, en teoría, busca garantizar la continuidad operativa sin sacrificar la calidad ni la equidad en la selección de personal.
Polémica en el Uso de Designaciones Transitorias
La designación transitoria de la Abogada Laura Beatriz Carrasco Yunes ha encendido un debate en torno a la práctica de extender medidas excepcionales en la administración pública. Por un lado, se reconoce la necesidad de mantener la operatividad en áreas críticas, como la gestión administrativa en la Agencia Territorial San Rafael. Por otro, se critica la dependencia de soluciones temporales que podrían ocultar problemas estructurales en el sistema de recursos humanos del Estado.
Entre las críticas más recurrentes se encuentra la preocupación por la sostenibilidad de un modelo que se basa en prórrogas y excepciones. Si bien la solución transitoria permite responder a una necesidad inmediata, también plantea la pregunta de si esta práctica se ha normalizado en detrimento de procesos de selección definitivos y basados en el mérito.
La tendencia a recurrir a designaciones transitorias podría interpretarse como un síntoma de una ineficiencia estructural en la administración pública, donde la planificación a largo plazo se ve comprometida por la urgencia de mantener la continuidad operativa. En este contexto, resulta indispensable impulsar reformas que permitan una mayor transparencia y rigor en los procesos de contratación, evitando que las soluciones temporales se conviertan en la norma.
Reflexiones Finales: Hacia una Gestión Pública Renovada
La designación transitoria de la Abogada Laura Beatriz Carrasco Yunes es un reflejo de los desafíos que enfrenta la administración pública en el contexto actual. La necesidad de garantizar la continuidad operativa en la Agencia Territorial San Rafael ha llevado a recurrir a una solución temporal que, si bien es operativamente viable, evidencia problemas profundos en los procesos de selección y contratación del sector público.
Para avanzar hacia una administración más eficiente, transparente y basada en la meritocracia, es fundamental que se implementen procesos de selección definitivos que no dependan de soluciones transitorias. Esto implica revisar y modernizar los mecanismos de contratación, estableciendo criterios claros y objetivos que permitan seleccionar a los candidatos más idóneos para cargos estratégicos.
El uso de designaciones transitorias, aunque pueda resolver necesidades inmediatas, debe ser considerado como una medida de emergencia y no como una solución permanente. La inversión en procesos de selección robustos y transparentes es esencial para consolidar una administración pública que responda a las demandas de una sociedad moderna y exigente.
En definitiva, la medida adoptada mediante el Decreto N° 958/24 es un llamado a la reflexión sobre la gestión de los recursos humanos en el sector público. Es imperativo que las soluciones transitorias se utilicen únicamente como un puente hacia la implementación de procesos más sólidos y definitivos, que aseguren no solo la continuidad operativa, sino también la calidad y la integridad en la administración de las instituciones estatales.
La discusión sobre la adecuación de estas medidas es, sin duda, un tema de gran relevancia en el debate sobre la modernización del Estado. Solo a través de la transparencia, la planificación a largo plazo y el compromiso con la meritocracia se podrá construir un modelo de gestión pública que cumpla con los altos estándares exigidos por la sociedad del siglo XXI.
Acerca del Tema:

Off Topic es un autor que aborda temas de libertad individual y acción ciudadana en la web Libertad en Acción. Sus escritos ofrecen una perspectiva reflexiva y crítica sobre diversos temas de actualidad, fomentando el debate y la conciencia social.